Ipepac dicta lineamiento para conteo de votos en caso de elección pareja
El Consejo General del Instituto de Procedimientos Electorales y Participación Ciudadana (IPEPAC) aprobó el lineamiento para el procedimiento del recuento de votos en caso de que haya indicios de que la diferencia entre el ganador y el ubicado en segundo lugar es igual o menor a un punto porcentual.
En sesión extraordinaria también se aprobó la reasignación territorial a 39 asistentes electorales a fin de que se encuentren en los municipios donde fungieron como capacitadores. Se designó a un consejero electoral propietario y a tres consejeros suplentes para el municipio de Mayapán; se designó al secretario ejecutivo del consejo distrital electoral IV en virtud de la renuncia del nombrado con anterioridad y se aprobó el cambio de la ubicación de la casilla 738 básica del IX distrito electoral uninominal.
De acuerdo con los lineamientos para el procedimiento del recuento de votos aprobado, esta se podrá solicitar cuando exista indicio suficiente de que la diferencia de votos entre el candidato presunto ganador y el segundo lugar es igual o menor a un punto porcentual, y al inicio de la sesión exista petición expresa del representante del partido que postuló al segundo de los candidatos antes señalado.
Se considerará indicio suficiente la presentación ante el Consejo de la sumatoria de resultados por partido consignados en la copia de las actas de escrutinio y cómputo de casilla de todo el distrito o el municipio según sea el caso.
El recuento en caso de realizarse, debe concluir antes del domingo siguiente al de la jornada electoral. Para el caso de que el Consejo Distrital o Municipal realice el recuento, el presidente del Consejo respectivo dará aviso al secretario Ejecutivo del Instituto y ordenará la creación de grupos de trabajo que realizarán su tarea en forma simultánea dividiendo entre ellos en forma proporcional los paquetes que cada uno tendrá bajo su responsabilidad y, los partidos políticos tendrán derecho a nombrar a un representante en cada grupo, con su respectivo suplente.
Por otro lado, la consejera electoral propietaria designada en Mayapán es Adriana Beatriz Peraza Hoil, en tanto que los suplentes son María Imelda Chab Peraza, Alicia Esther Uc González y Teresa Eduwiges Chan Chab.
Asimismo, se admitió la renuncia de Jimena del Carmen Polanco Matos como secretaria ejecutiva del IV Consejo Distrital Electoral y se nombró en su lugar a Eduardo René Osorno Kuyoc. Finalmente, el Consejo General aprobó el cambio de la casilla 738 básica de la escuela primaria José Tuz Méndez de la comisaría de Chelem, municipio de Progreso al jardín de niños José Clemente Orosco ubicado en la calle 23 sin número por 10.